Cabe tener presente que, de acuerdo al Artículo 10º de la Ley, en tanto no se dicte el reglamento correspondiente, continuarán vigentes los beneficios establecidos en la Ley Nº 28182, "Ley de Incentivos Migratorios".
Para mayor información, puede acceder al texto de la Ley No. 30001, “Ley de Reinserción Económica y Social Para el Migrante Retornado” haciendo click aquí.
En el Registro de Nacionales se inscriben los peruanos que tienen su domicilio en la jurisdicción del Consulado General Honorario del Perú en Nápoles, es decir, la Región de Campania, Apulia, Basilicata, Calabria y de Sicilia.
También pueden inscribirse los menores de edad peruanos a través de sus padres, y por ausencia u omisión de éstos, por ellos mismos si son mayores de 14 años o por la persona bajo cuyo cargo vivan.
Con el objeto de agilizar los procesos de recepción de bienes donados a favor de instituciones publicas y privadas debidamente registradas en nuestro país, la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI),agradecerá poner en conocimiento de los donantes los siguientes requisitos contemplados para el internamiento de donaciones, de acuerdo a las normas nacionales sobre esta materia: " Carta de Donación " debidamente legalizada por el Consulado del Perú en el país donante que deberá contener la siguiente información: identificación de la persona natural y/o jurídica donante, lugar de origen, descripción detallada de los bienes, cantidad, peso aproximado y valor monetario estimado. Conocimiento de Embarque o Guía Aérea, Postal o Guía Terrestre y la Factura Comercial de ser el caso (o valor referencial de cada bien donado), debiendo la información consignada en el conocimiento de embarque guardar correspondencia con la consignada en la carta de donación Sobre el particular, la APCI tiene a bien señalar que se deberá tener en cuenta las siguientes indicaciones para los diferentes casos de donaciones: Medicamentos, Insumos o Drogas.
Alimentos
Ropa, Zapatos, Frazadas, y cualquier otro bien que pueda transmitir enfermedades:
Equipo y Material Médicos
Vehículos
Es preciso anotar también que con el fin de que no existan contratiempos y que las donaciones puedan llegar oportunamente a sus destinatarios se deberá incluir la siguiente información, para efectos de poder apoyar las mismas:
Asimismo, en el caso de Misiones Médicas de carácter humanitario, así como de otras similares, se deberá poner en conocimiento de la APCI la siguiente información con el objeto de poder brindar el apoyo necesario:
Cabe señalar, que dichas Misiones Médicas, deben arribar al Perú con el Listado de equipos, instrumental o material médico, entre otros, a ser ingresados de manera temporal. Y de ser el caso, si se tratara de donaciones, estas deberán contar con la Carta de Donación debidamente legalizada por nuestras Misiones competentes.
Es de indicar, que dichos bienes que ingresan de manera temporal al territorio nacional son registrados por ADUANAS, por lo que se deberá tener especial cuidado al momento de la partida de las Misiones Médicas de nuestro país, para que estas registren la salida de dichos bienes, a fin que las instituciones nacionales contrapartes y las que prestan sus buenos oficios, no tengan observaciones por ADUANAS, como ha venido ocurriendo en algunos casos.
La Oficina General de Cooperación Internacional del Ministerio de Salud (MINSA), recibe las solicitudes para dichas Misiones Médicas con un plazo mínimo de 60 días calendarios, antes de la fecha de inicio de las actividades por implementar.
Igualmente, es importante que se remita con la debida anticipación, el curriculum vitae de cada uno de los profesionales médicos extranjeros, acompañando copias de los certificados de formación y capacitación, para que el MINSA pueda gestionar las autorizaciones correspondientes de los colegios profesionales, para el permiso temporal de su ejercicio profesional en nuestro país.
Esta Agencia, ofrece la mejor disposición de prestar sus buenos oficios ante las autoridades nacionales, dentro del límite de sus atribuciones, para apoyar, facilitar y superar cualquier inconveniente sobre la llegada y recepción de las Donaciones y Misiones Médicas. Asimismo, agradece la esforzada labor que vienen realizando nuestras Embajadas, Consulados y Representaciones Permanentes con la finalidad de conseguir donaciones que redundan en favor de la población mas necesitada de nuestro país y a fin de que estas no se vean interrumpidas, apreciará que se efectúen todas las gestiones mencionadas con anticipación.
Tiene una validez de 30 días y el trámite es personal
Nota: En caso de ciudadanos que residen en lugares alejados de la Oficina Consular, se puede tramitar el registro a través del correo, adjuntando los documentos sustentatorios.
El trámite debe realizarse dentro de los primeros treinta días a partir de la fecha del fallecimiento.
IMPORTANTE: PASADOS LOS 30 DIAS DEL FALLECIMIENTO, SERÁ NECESARIO SOLICITAR LA INSCRIPCIÓN DE LA DEFUNCIÓN DE MANERA JUDICIAL, A TRAVES DEL JUEZ DE PAZ LETRADO COMPETENTE SOLAMENTE EN EL PERÚ, VIA PROCESO NO CONTENCIOSO.
Se legalizan sólo los documentos en original que presentan las siguientes firmas.
Autoridades peruanas:
Ministerio de Relaciones Exteriores
Costo: €18.00 Euros
Legalizaciones de firmas de autoridades italianas: (Camara de Comercio, Prefectura, Procura, Curia)
- Certificados anagraficos, traducciones
Costo: € 27,00 Euros
- Poderes otorgados en el extranjero
Costo: € 54,00 Euros
- Documentos referidos a personas jurídicas
Costo: €72,00 Euros
- Certificados de origen de mercancías, sanidad animal, sanidad vegetal
Costo: €45,00 Euros
(no es Declaración de Valores)
Requisitos
Requisitos
1. Presentar DNI vigente
2. Presentar Partida de Nacimiento original, legalizada por Min. de Relaciones Exteriores.
3. Costo: 22.50 euros
Requisitos
IMPORTANTE: TODOS los documentos a presentar deben estar LEGALIZADOS en el Min. de Relaciones Exteriores.
*En caso de ser soltero(a):
a) Certificados de Soltería de la Municipalidad de Nacimiento (“llamado también Constancia de No Registro de Matrimonio”)
b) Certificado de Soltería la última Municipalidad de Residencia en el Perú (conforme lo indicado en su último DNI antes de venir a Italia o, en su defecto, a lo declarado en la Ficha de Inscripción Consular). Ambos documentos deben ser expedidos en los últimos seis meses.
* En caso de ser divorciado/a:
a) Partida de Matrimonio original con anotación de divorcio.
b) Certificado de la Municipalidad de nacimiento indicando que no ha contraído Matrimonio desde fecha de divorcio. Este último documento debe ser expedido en los últimos seis meses.
* En caso de ser viudo/a:
a) Partida de Matrimonio con anotación de la defunción de cónyuge;
b) Certificado de la Municipalidad de nacimiento indicando que no ha contraído Matrimonio desde fecha de fallecimiento de cónyuge. Este último documento debe ser expedido en los últimos seis meses.
4. Costo: 22.50 euros
Si requiere mayor información escriba a:
info@conpernapoles.com
(Inscripción)
Tener 17 años de edad o más
- Presentar:
Para nacidos en el Perú: Partida de Nacimiento original
Para nacidos en el exterior: Copia literal fedateada de la inscripción de su nacimiento del Consulado correspondiente; o Copia Certificada del título de peruano nacido en el extranjero (expedida por el Min. del Interior)
En caso tenga DNI de menor de edad (color amarillo) no tiene que presentar estos documentos.
- Foto tamaño pasaporte, de frente, fondo blanco, a colores, sin anteojos, no artística.
- Costo: 6.30 euros
RENOVACION DE DNI Y/O CAMBIO DE IMAGEN
- Foto pasaporte de frente, fondo blanco, sin anteojos, no artística
- Proporcionar información actualizada de dirección y estado civil
- Para cambiar Estado Civil en el DNI:
De soltero(a) a casado (a)
Matrimonio en Perú: Llenar formulario de declaración jurada (gratuito)
Matrimonio fuera de Perú: Traer Copia Literal de inscripción de matrimonio del Consulado correspondiente
De casado(a) a divorciado(a)
Entregar Acta de Matrimonio original con anotación de disolución de divorcio
De casado(a) a viudo (a)
Entregar Acta de defunción original y Acta de Matrimonio original
En caso cónyuge haya fallecido en Italia: Traer Copia Literal de la inscripción de defunción, expedida por el Consulado correspondiente.
- Si rectifica nombres o fecha de nacimiento, Partida de Nacimiento original con los datos correctos.
Costo: 6.30 euros
RECTIFICACIÓN DE DATOS / DUPLICADO DE DNI
- Proporcionar información actualizada de dirección y estado civil
- Para cambiar Estado Civil en el DNI:
De soltero(a) a casado (a)
Matrimonio en Perú: Llenar formulario de declaración jurada (gratuito)
Matrimonio fuera de Perú: Traer Copia Literal de inscripción de matrimonio del Consulado correspondiente
De casado(a) a divorciado(a)
Entregar Acta de Matrimonio original con anotación de disolución de divorcio
De casado(a) a viudo (a)
Entregar Acta de defunción original y Acta de Matrimonio original
En caso cónyuge haya fallecido en Italia: Traer Copia Literal de la inscripción de defunción, expedida por el Consulado correspondiente.
- Si rectifica nombres o fecha de nacimiento, Partida de Nacimiento original con los datos correctos.
NOTA: El DNI será emitido con la misma fecha de vencimiento que el anterior DNI.
Costo: 5.40 euros
DNI DE MENOR DE EDAD
-Presencia del menor y de un Padre o apoderado con DNI vigente
-Presentar:
Si nació en el Perú: Presentar Partida de Nacimiento original
Si nació en el exterior: Copia Literal de Inscripción del nacimiento del Consulado correspondiente o Copia Certificada del Título de Peruano nacido en el extranjero (expedida por el Min. del Interior)
- Una foto pasaporte de frente, fondo blanco, sin anteojos, no artística
Costo: 4.50 euros
Si requiere mayor información escriba a:
info@conpernapoles.com
(para mayores de edad)
DESDE EL 1° DE SETIEMBRE 2005, DEBIDO A LA INTRODUCCIÓN DEL PASAPORTE DIGITAL, LA EXPEDICIÓN DE UN NUEVO PASAPORTE PARA LOS CIUDADANOS RESIDENTES EN LA JURISDICCIÓN DE ESTE CONSULADO, SE PUEDE HACER SOLAMENTE EN EL CONSULADO GENERAL DE ROMA ( VIA SIBARI 54, ZONA S. GIOVANNI, ROMA tel.06.8841442 int.15 o int. 20-)
REQUISITOS:
- Presentar DNI (original y copia), o el recibo por renovación
- Presentar pasaporte anterior (en caso se haya perdido, llenará Declaración Jurada proporcionada gratuitamente por el Consulado)
- Dos fotos (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística, con antigüedad no mayor a 3 meses, sin fallas de revelado, diferentes al último DNI)
Costo 31.50 euros (vigencia 5 años)
PASAPORTE NUEVO
(para menores de edad)
ESTE TRAMITE SE REALIZA EN EL CONSULADO GENERAL DEL PERU’ EN ROMA (-DIRECCION
VIA SIBARI 54, ZONA S. GIOVANNI, ROMA tel.06.8841442 int.15 o int. 20-)
REQUISITOS:
- Presencia del menor y de uno de los padres con DNI vigente
- En caso se presente el apoderado, presentar poder notarial o judicial original, legalizado por el Min. de Relaciones Exteriores.
- Presentar partida de nacimiento original del menor legalizada por Min. Relaciones Exteriores (para nacidos en el Perú) o Copia Literal de la Partida, expedida por el Consulado correspondiente (para nacidos en el exterior).
- Presentar pasaporte anterior. En caso se haya perdido, llenará Declaración Jurada proporcionada gratuitamente por el Consulado.
- Dos fotos iguales del menor (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística, con antigüedad no mayor a 3 meses, sin fallas de revelado como zonas oscuras o manchas blancas)
Costo:
10.80 euros (vigencia por un año)
31.50 euros (vigencia por cinco años)
(para mayores de edad)
LOS PASAPORTES "MANUALES" (AQUEL CUYA HOJA DE DATOS ESTÁ ESCRITA A MANO, LOS QUE TIENEN CÓDIGO DE BARRAS EN LA HOJA DE DATOS Y EL CUAL NO PUEDE SER LEÍDO POR UNA COMPUTADORA) NO PODRÁN SER RENOVADOS
REQUISITOS:
- Presentar DNI (o recibo por renovación)
- El pasaporte SE RENUEVA UNA SOLA VEZ. En caso su pasaporte ya haya sido renovado, tendrá que solicitar un pasaporte nuevo.
- Traer dos fotos iguales (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística, con antigüedad no mayor a 3 meses, que el cabello no cubra parte del rostro ni orejas, sin fallas de revelado como zonas oscuras o manchas blancas)
- Costo:
18.00 euros (vigencia por 2 años)
31.50 euros (vigencia por 5 años)
RENOVACIÓN DE PASAPORTE
(para menores de edad)
REQUISITOS:
- Presencia del menor y de uno de los padres (con DNI vigente o recibo por renovación)
- Exhibir Acta de Nacimiento original o DNI del menor
- El pasaporteSE RENUEVA UNA SOLA VEZ. En caso el pasaporte ya haya sido renovado, tendrá que solicitar un pasaporte nuevo.
- En caso se presente el apoderado, presentar poder notarial o judicial original, legalizado por el Min. de Relaciones Exteriores.
- Dos fotos iguales del menor (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística, con antigüedad no mayor a 3 meses, sin fallas de revelado)
Costo:
9.00 euros (vigencia por 1 año)
18.00 euros (vigencia por 2 años)
31.50 euros (vigencia por 5 años)
SALVOCONDUCTO
(para mayores de edad)
REQUISITOS:
- Presentar DNI o pasaporte peruano (original y copia). De lo contrario, acreditar la nacionalidad e identidad (lo que será sujeto a evlauación)
- Presentar pasaje aéreo (o reserva) para el Perú o país de residencia (original y una copia).
- Dos fotos (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística)
Costo: 18.00 euros
(para menores de edad)
REQUISITOS:
- Presencia del menor y de uno de los padres (con DNI en original y copia)
- Presentar Partida de Nacimiento original, legalizada por el Min. de Relaciones Exteriores o Copia Literal de Partida peruana expedida por Consulado correspondiente (en caso haya nacido en el extranjero)
- Presentar pasaje aéreo (o reserva) para el Perú o país de residencia (original y una copia).
- Dos fotos (de frente, tamaño pasaporte, a colores, fondo blanco, sin lentes, no artística)
Costo: Gratuito
Para ver si su Pasaporte ya se encuentra en el Consulado para que lo recoja, ingrese a
LEGALIZACIONES EN EL PERU’
El Ministerio de Relaciones Exteriores legaliza documentos en Lima
y en siete Capitales Regionales
Con el objeto de dar mayores facilidades a la ciudadanía, el Ministerio de Relaciones Exteriores ha ampliado el servicio de legalización documentaria a siete (7) ciudades del interior del país. Además de su sede central en Lima, el Ministerio de Relaciones Exteriores brinda el servicio de legalización en sus oficinas en las ciudades de Arequipa, Cusco, Iquitos, Piura, Puno, Tacna y Tumbes.
Este servicio está referido a documentos nacionales que el público requiere utilizar en el exterior (partidas, certificados de estudios, entre otros), así como a aquellos documentos del extranjero que deben ser materia de trámites en el Perú. Con este sistema, se brinda el servicio de legalizaciones en forma expeditiva y eficiente, no siendo ya necesario que los ciudadanos que domicilian en dichas regiones tengan que desplazarse a Lima o recurrir a intermediarios, lo que permite a los usuarios un ahorro efectivo de tiempo y dinero.
LEGALIZACIÓN DE FIRMA DE PARTICULARES
La legalización de firma es un trámite mediante el cual el Funcionario Consular legaliza la firma de una persona particular en un documento, dando fe que ha sido firmado en su presencia.
Requisitos
El interesado debe presentar el documento en el cual se legalizará la firma.
2. Presentar DNI vigente, en el caso de los ciudadanos peruanos. Si es extranjero debe presentar su documento de identidad nacional o pasaporte vigente.
El interesado que suscribe el documento deberá firmar en presencia del funcionario consular.
Costo: 22.50 euros
LEGALIZACIÓN DE FIRMA DE AUTORIDADES
Desde el 30 de setiembre del 2010, el Perú forma parte de la Convención de la Haya, con lo cual un documento público peruano se legaliza de manera simplificada en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DEL PERÚ, siempre que tenga como destino a un país que forme parte de dicho Convenio (al cual también es adherente Italia). No se pueden apostillar documentos emitidos por un agente diplomático consular, ni documentos administrativos que se refiera a una operación mercantil o aduanera. Los documentos apostillados en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES DEL PERÚ, ya no necesitan ser legalizados en el Consulado del Perú.
CERTIFICADO DE SUPERVIVENCIA
Un Certificado de Supervivencia es expedido a solicitud del interesado para acreditar que aún vive y que en consecuencia está en ejercicio de todos sus derechos. El Certificado de Supervivencia necesariamente tiene que estar otorgados ante un funcionario consular peruano. No tienen validez para el Sistema Jurídico Interno los que son otorgados ante Notario Extranjero y Apostillado. Requisitos 1. DNI vigente, en el caso de los ciudadanos peruanos. Si es extranjero debe presentar su documento de identidad nacional o pasaporte vigente. 2. Costo: 0.90 euros En caso el trámite sea por correo enviar: 1. Certificado de Existencia en Vida del Comune de Residencia (en original y con menos de 7 días de antigüedad) 2. Sobre con dirección y estampillas 3. Fotocopia del DNI vigente